El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, dictó Sentencia en el planteo de inconstitucionalidad realizado por vecinos de El Bolsón, tendiente a quitar de la normativa municipal la Resolución 19/13 –que derogó a la Resolución 16/09 sobre reglamentación de juicios políticos-.-
El grupo
opositor del Concejo Deliberante (que incluye a un miembro del Partido PAYS,
Raúl García, a dos radicales: Tormann y Tornero y a dos miembros del Frente para
la Victoria: Sanna y Tejeiro) para evadir los juicios políticos que les fueran
solicitados a raíz de haber autorizado a las DOS Empresas Laderas SA a continuar
tareas cuando estaba vigente una orden de no innovar del STJ, entre otras
causales, derogaron la Resolución 16/09 que establecía cómo hacer las peticiones
y la suplantaron por la Resolución 19/13 que claramente pretendía que todo
juicio político debía, previamente a iniciarse, ser votado en el propio Cuerpo
como viable, cuando la Carta Orgánica manda su inmediata
investigación.
Avanzado
el juicio, a fines del año 2013 los mismos Concejales decidieron derogar la
Resolución 19/13 atacada de inconstitucionalidad, y lo hicieron saber al STJ,
oponiéndose a que la cuestión se declare de puro derecho, esto es, que se
resuelva con los elementos existentes en la Causa.
Con dos
Dictámenes de la Procuración Fiscal, y la intervención del Poder Ejecutivo
Municipal, la cuestión llegó a Sentencia, en la que se declaró abstracta la
cuestión, lo que significa que, al no existir más la norma atacada, (porque los
Concejales la derogaron), no hay sobre qué resolver.
También
sostuvieron los miembros del STJ: “Con costas al Municipio requerido, atento
que la derogación de la norma cuestionada pone en evidencia la razón de los
actores para litigar en autos (art. 68 Cód.Proc.Civ. y
Com.).”
¿Y esto
qué significa? El pago de la suma de $ 24.535 en honorarios totales fijados a
los abogados actuantes, más $ 1.226 en concepto de Caja Forense, más los gastos
en que se incurrieron para demandar (Tasa de Justicia, Sellado de Actuación,
Colegio de Abogados, Sindicato de Trabajadores Judiciales) a los que se deben
sumar los gastos que la Asamblea de vecinos sufragó y los propios de los
estudios, lo que acercará la suma total a abonar a los $ 28.000,00.-, QUE LA
MUNICIPALIDAD ESTA OBLIGADA A PAGAR POR EL CAPRICHO DE ESTOS CONCEJALES. Es por
ello que vamos a solicitar, al momento de requerir el pago, que se les efectúen
juicios de responsabilidad a cada uno de los firmantes de la Resolución 19/13,
porque ELLOS ORIGINARON ESTE GASTO y pretendemos que se hagan cargo de los daños
que provocan.
ADAT, El
Bolsón, 27/03/2014.-
No hay comentarios:
Publicar un comentario
¡Hacenos saber lo que pensas al respecto!
Aspirando a expresiones respetuosas y constructivas.